PERMISO RETRIBUIDO Y TIEMPO VOTACIONES 9-J
03/06/2024. CCOO INDUSTRIA MADRID
Ya se ha publicado en el BOCM, RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, porla que se regulan, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, los permisos retribuidosde las personas trabajadoras por cuenta ajena a fin de que puedan ejercersus derechos electorales en las elecciones de diputados y diputadas al Parlamento Europeo convocadas para el día 9 de junio de 2024.
SIEMPRE hay que avisar a la empresa el uso de las horas para la distribución y organización del trabajo
Las personas trabajadoras que tengan un horario de trabajo que no coincida con el de apertura de los colegios electorales o que coincida menos de dos horas no tendrán permiso retribuido porque se sobreentiende que su horario laboral no le impide ir a votar.
El permiso será de máximo cuatro horas. La distribución es la siguiente:
- Permiso retribuido de dos horas: Las Personas Trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales.
- Permiso retribuido de tres horas: Las Personas Trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de mesas electorales.
- Permiso retribuido de cuatro horas: Las Personas Trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales.
Contrato a tiempo parcial:
En el caso de las Personas Trabajadoras a tiempo parcial, se reducen los tiempos de permiso en proporción a las horas trabajadas. Si bien por lejanía o por dificulta para votar ese día, se reconoce el permiso retribuido para que el trabajador pueda completar el proceso para votar por correo.
La empresa NO puede negar el permiso, es un derecho (art. 37.3 d) ET).
IMPORTANTE pedir justificante de la votación en la mesa electoral para presentarlo ante la empresa.
Derechos miembros Mesa Electoral:
Los presidentes o presidentas, vocales e interventores o interventoras, tendrán derecho a un permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, en caso de que ese día deban acudir al trabajo, y de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior.
Cuando se trate de apoderados o apoderadas, el permiso comprenderá únicamente la jornada correspondiente al día de la votación.
"Si alguno de las Personas Trabajadoras comprendidos en este apartado hubiera de trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, a petición del interesado o interesada, deberá cambiarla el turno, a efectos de poder descansar la noche anterior al día de la votación".
No dejes de visitar:
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NUEVA ITC 2024
Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente.
NUEVA BOLETÍN INFORMATIVO
CAMPAÑA DE ACCIDENTE E INCIDENTE
Recuerda que es muy IMPORTANTE Informar y comunicárselo a tu mando inmediatamente superior del posible accidente o incidente que tengas, no lo dejes pasar, comunícalo lo antes posible, piensa que, aunque creas que no es nada en ese momento, pero después pueda ser que se traduzca en una lesión, por eso la importancia que lo conozca tu mando inmediatamente superior desde el mismo momento que te ha sucedido.
(ejemplo. Si no es nada ha sido una pequeña torcedura voy a seguir trabajando, después de varios días esa torcedura sigue molestando, vas al médico de empresa y resulta que en la exploración detecta que ha sido un esguince, pero como han pasado días hay problemas en saber si ha sido trabajando o haciendo deporte)
Ten siempre presente que es IMPÓRTATE que notifiques los accidente e incidentes en cuanto suceda, para poder dar respuesta y solución lo más inmediatamente posible.
TU ACCIDENTE NO PUEDE CAMBIAR ASÍ COMO ASÍ .
Tras las diferentes situaciones que se han dado a en la empresa de cambios de contingencias. Queremos recordar que se entiende por accidente de trabajo, según marca el artículo 156 de la ley general de la seguridad social.
- Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador/a sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
- Tendrán la consideración de accidentes de trabajo:
- Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo.
- Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su grupo profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.
- Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.
- Las enfermedades, no incluidas en el artículo siguiente, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo.
- Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.
- Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación.
Si tienes algún problema con el reconocimiento de tu accidente o te cambian la valoración y consideras que no está bien justificado, ponte en contacto con nosotros para hacer consulta a los asesores o departamentos jurídicos y así valorar, si procede solicitar el cambio de contingencias.
NO LO DUDES NO DEJES QUE TE QUITEN TUS DERECHOS
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LA SEGURIDAD ES COSA DE TODOS NO LA DEJES DE LADO.
La sección sindical de CC.OO en TK Elevator de Madrid nos preocupa la seguridad en el trabajo, estamos muy implicados y trabajando en la seguridad de toda la plantilla, para que cada día se pueda trabajar con más seguridad.
Por esto lanzamos las cinco Píldoras Informativas de Seguridad en el Trabajo (PIST), tenlas siempre presente para realizar tu trabajo diario:
- Procedimientos o protocolos de trabajo: Utiliza los protocolos de trabajo que te facilita la empresa y pone a tú disposición, estos están para garantizar que el trabajo se hace seguro.
- Los Epis que te facilita la empresa: utiliza los Epis necesarios en cada momento según el trabajo que estés desarrollando.
- Pon atención a lo que estás haciendo: presta atención al trabajo que vas a realizar.
- No hay que correr: Las prisas no son buenas para nada y hay que estar con los 5 sentidos en el trabajo que estás realizando.
- herramienta y manuales: ten siempre a punto tu herramienta y utiliza la información y formación que te da la empresa para desarrollar tu trabajo con seguridad.
Ten siempre presente estas cinco PIST, piensa que tu seguridad es siempre lo primero y no hay nada que valga más que tú seguridad, piensa bien lo que haces antes de ejecutar tú trabajo.
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COMUNICADO COMITÉ DE EMPRESA
A PETICIÓN DE LA MAYORÍA DE TRABAJADORES, QUEREMOS HACER UNOS RECORDATORIOS.
Los compañeros nos informan que se sienten presionados por sus jefes de servicio porque tardan mucho en hacer los protocolos. Os recordamos, una vez más, que actualmente, NO existen tiempos oficiales consensuados (comité + empresa).
Desde la dirección de la empresa y del departamento de salud laboral, lo único que nos han trasladado, en todo momento, es que hay que hacer las revisiones tal y como marcan los protocolos actuales y evitar en todo momento cualquier situación de riesgo que pueda acabar en un accidente, tales como correr más de lo debido o no usar los epis indicados.
Si seguís recibiendo presiones para rebajar los tiempos, solicitar dicha instrucción por ya que insistimos, NO existe consenso a este respecto con el comité de empresa.
Las medidas de tiempos en las revisiones a las que hacen referencia nuestros responsables desconocemos de dónde las han sacado, suponemos que serán tiempos medios pero no sabemos qué criterios ni de que mediciones se han tomado para llegar a ellos, dado que no están consensuados con la parte social, con lo que para nosotros no tienen ningún tipo de validez ni aportan valor alguno.
Hemos observado que nuestros responsables van enseñando las medias de tiempos de otros compañeros, en persona o por medio del correo electrónico de empresa, poniendo como ejemplos de mal técnico o buen técnico según les interese a ellos. Vamos a realizar las investigaciones oportunas para informarnos si estas actuaciones vulneran la dignidad del trabajador con la publicación de dichas estadísticas.
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CCOO Industria gana en solitario la primera batalla en la Audiencia Nacional por los tiempos de desplazamiento a TK Elevadores.
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha estimado la demanda presentada por Comisiones Obreras frente a la empresa TK ELEVADORES declarando que es tiempo de trabajo el invertido por los trabajadores desde sus domicilios particulares hasta el domicilio del primer cliente, así como desde el domicilio del cliente hasta el suyo particular.
Esta sentencia sólo afecta a los centros de trabajo de Madrid y Valencia porque, aunque inicialmente, desde CCOO, el conflicto se planteó para toda España, en el juicio se tuvo que delimitar a Madrid y Valencia al alegar la empresa que muchos centros tenían regulado este desplazamiento y que en donde había pactos tendrían que estar los Comités que los habían firmado, por ello esta primera batalla nos marca el camino a seguir, insistimos en solitario ya que FICA-UGT se retiró de la demanda en el juzgado porque teóricamente les valía un acuerdo, el cual unos días antes, ratificaron mediante un acta, que no les valía y la empresa no ha presentado nada diferente antes del juicio.
A pesar de que no compartíamos este criterio, de que se juzgase para Madrid y Valencia nada más, preferimos asesorados por el gabinete jurídico de la Federación, en ese momento, tener una sentencia que de manera clara dejara sentado que el tiempo de desplazamiento es tiempo de trabajo y además por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que es vinculante para los demás juzgados, y plantear los conflictos que sean necesarios.
Tras años de negociación con este tema sin haber conseguido un acuerdo satisfactorio, CCOO decidió que la empresa no iba a seguir disponiendo de nuestro tiempo como le diera la gana y “entreteniéndonos” con falsas negociaciones. Sabíamos que teníamos este derecho y que no íbamos a renunciar a él.
En las próximas semanas plantearemos esta demanda en el resto del país para su extensión a toda la totalidad de las personas trabajadoras,
Queremos lamentar públicamente la actitud de UGT en este caso, dejando in extremis abandonada a la plantilla en un asunto que en menos de un año estará extendido en todo el sector de mantenimiento de ascensores y otras actividades.
Sección sindical intercentros de CCOO de Industria en TK Elevadores
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COMUNICADO INFORMATIVO
El pasado día 22 de Diciembre de 2022 la empresa reunió a los miembros de la comisión negociadora de TK Elevadores para comunicarles, que siendo que prevé que perderá el juicio sobre los desplazamientos, va a enviar una carta a todos los trabajadores y trabajadoras informando sobre las medidas que tomaría:
1. La pérdida de parque, podría suponer la venta del parque de las zonas más alejadas ya que no serán rentables ni seremos competitivos en precio.
2. Debido a eso, esto afectará a una reducción de personal.
3. Todos los coches de empresa, se dejarán en delegación y se recogerá en delegación con el sobrecoste para la plantilla de tener que ir y volver al centro de trabajo por sus propios medios.
Sobre todo esto, lamentamos que no haya un planteamiento de ningún otro tipo por parte de la empresa, nada más que este tipo de afirmaciones que no parecen otra cosa, más que amenazas.
Durante todas las reuniones, desde la parte social, nunca nos hemos negado a reunirnos y hemos mantenido cuántas reuniones ha sido necesarias, y se han aportado distintas soluciones para el impacto, que según ellos daría este tipo de medida, cómo hacer jornadas continuas, que reducirán por una parte la mitad de los desplazamientos y en otros lugares el pago de la dieta.
Sin embargo la empresa lo único que aporta a un mes vista del juicio y la consiguiente sentencia es este tipo de afirmaciones sin ningún dato concreto.
Nuestra postura sigue siendo la misma desde el principio.
Este comunicado no tiene otra intención que el que hemos mantenido desde el principio del proceso, una claridad en toda la información por parte de la representación sindical de los trabajadores y trabajadoras con sus compañeros y compañeras.
Firmado acuerdo de Teletrabajo en TK Elevadores
Martes 5 de julio 2022
El pasado 1 de julio se procedió a la firma del acuerdo del teletrabajo, entre la representación de los trabajadores y la empresa, este acuerdo recoge unos mínimos que será de aplicación a nivel nacional y que se adaptará a las diferentes situaciones que seden en cada centro de trabajo.
La intención es que este acuerdo empiece el 1 de octubre del 2022 y para ello la empresa está empezando con una campaña de información del proceso de solicitud del teletrabajo, para ir empezando cuanto antes y poder empezar en octubre con las máximas personas posibles.
Desde la Sección Sindical de CC.OO valoramos muy positivamente este acuerdo y creemos que hay que seguir luchando para ir mejorando la situación de los trabajadores y trabajadoras y podamos tener una vida familiar más conciliadora .
Cualquier duda, podéis mandarla a ccoo.thyssenkruppelevadores@gmail.com o a cualquier delegado/a de CC.OO de vuestra zona.
Comunicado Informativo del CISS
Miércoles 20 de abril 2022
Informaros, que se ha cambiado el documento del registro de la entrega de información de preventiva, a petición de la parte social, quitando un párrafo del mismo documento.
Prestar especial atención cuando os den el documento para firmar el registro de la entrega de información preventiva, para ver cual firmamos:
DOCUMENTO ANTIGUO:
Este es el documento antiguo, este NO se tiene que firmar:
DOCUMENTO NUEVO:
Este es el documento nuevo, este SI se puede firmar:
Convenio ThyssenKrupp Elevadores Madrid-Valencia 2019, 2020 y 2021
Aquí Tenéis a vuestra disposición el convenio de ThyssenKrupp Elevadores de Madrid y Valencia para los años 2019, 2020 y 2021.
LAS ACTAS Y COMUNICADOS INFORMATIVOS
Aquí tienes las ultimas actas tanto del comité, del comité de seguridad de Madrid como las del CISS y los comunicados.
- Actas del pleno comité 26 de mayo 2022
- Actas del pleno comité 20 de mayo 2022
- Acta del Comité Intercentros Seguridad y Salud (CISS) 14 de abril 2021
- Acta del Comité Seguridad y Salud (CSS) 3 de marzo 2021
- Acta del Comité Intercentros Seguridad y Salud (CISS) 11 de febrero 2021
- Comunicado CISS 13-11-2020
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LUCHANDO CONTRA LA DESINFORMACIÓN
Madrid 2.12.2021
Siguiendo con la seguridad, vamos a intentar que todos y todas nos vayamos concienciando en la seguridad, en lo importante que es en hacer las cosas bien, tanto por nuestra seguridad como para terceras personas, por lo que vamos hablar de los procedimientos y evaluaciones que la empresa nos facilita.
Tenemos que tener muy claro la importancia de esto procedimientos, que son los que nos marca tanto las operativas a realizar, como el orden de las mismas, donde intenta optimizar los proceso y garantizar tú seguridad.
Las evaluaciones son las que evalúan los procedimientos en cuanto a la seguridad y nos marcas las pautas a seguir de forma segura como los medios y Epis a utilizar para realizar los trabajos con seguridad, es muy importante que los conozcas, los leas y cómpredas, por eso la importancia que inviertas el tiempo que necesites en leerlos y en comprender el trabajo a realizar, recuerda que si hay algo que no comprendes no dudes en preguntar, puedes hacerlo a tu mando inmediato superior (JSP), al departamento de prevención o a los delegados de prevención (comité de empresa).
Ten siempre presente cuando vas hacer cualquier trabajo, NO puedes ir con prisas, NO HAY TIEMPOS y que lo más importante es tu seguridad. RECUERDA antes de empezar el trabajo PARATE, EVALÚA LOS RIESGOS Y REALIZA CON SEGURIDAD TU TRABAJO y si ves algo inseguro ponte en contacto con tu JSP para ver cómo actuar.
Esto no paran de recordártelo en los cursos de seguridad, haz caso y trabaja con seguridad y no tener accidentes ni incidentes.
RECUERDA QUE:
- NO hay que CORRER hay que EVALUAR el trabajo a realizar.
- Tienes que CONOCER los procedimientos y evaluaciones del trabajo a realizar
- NO hay TIEMPOS, lo más importante es TU SEGURIDAD.
- Lee los procedimientos y evaluaciones del trabajo a realiza, dedícale el tiempo que precise, (te tienen que dar ese tiempo para poder leerlo, pídelo)
Con esto queremos concienciarte a utilizar los medios que te dan y conocerlos, ten claro que NO te puedes COMPROMETER en hacer algo que no sabes o conoces y que NO has tenido TIEMPO para LEER o NO has podido LEER, ten cuidado con lo que FIRMAS y a lo que te COMPROMETES.
Adiós #BuenosDíasIndustria, hola canal de noticias en Telegram: el boletín diario se muda
16/06/2020. CCOO de Industria
- CCOO de Industria transforma su canal de comunicación. Pone fin al “newsletter” y migra toda su información a esta conocida app de mensajería.
La comunicación sindical se transforma. Casi una década después de lanzar el boletín diario, CCOO de Industria ha decidido sustituir esta forma de comunicarse con sus delegados y delegadas por Telegram, una útil herramienta que le permitirá difundir en tiempo real, de forma ágil y sencilla, aquello que ocurre en el mundo laboral. Quienes deseen seguir recibiendo en sus móviles la información del sindicato, deben descargarse la aplicación y acceder al nuevo canal.
No dejes de visitar:
“Actuar es esencial. Pase lo que pase, CCOO”
08/06/2020.
- Contigo somos más fuertes. Trabajamos por el empleo, por mejores condiciones de trabajo, mejores salarios y nuevos derechos.
CCOO lanza hoy una campaña de afiliación en la que invita a unirse a la mayor organización sindical para que entre todas y todos consigamos que la salida de esta crisis sanitaria sea justa para las trabajadoras y los trabajadores. En la campaña se pone de manifiesto la importancia de defenderse, informarse y protegerse, con el apoyo del primer sindicato del país, ante la crisis económica y laboral provocada por la pandemia.
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Informaros sobre las limitaciones de velocidad de los vehículos de empresa.
Descargar de aquí
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La Seguridad es cosa de todos
Desde la sección sindical de CC.OO de Thyssenkrupp elevadores nos preocupa la seguridad de todos los trabajadores y las trabajadoras de la empresa por lo que está muy implicado y trabajando en la seguridad y salud para que cada día sea más seguro el trabajar en la empresa.
Por lo que te pedimos tu colaboración ya que es muy importante y necesaria para poder detectar los problemas en cuanto a la seguridad, salud e higiene puedan surgir en el trabajo diario en la empresa y así poder realizar las acciones necesarias desde esta sección de CC.OO con el comité de seguridad y salud para poder dar solución a los problemas detectados.
Para hacernos llegar lo que consideréis conveniente podéis hacerlo:
- A través de esta Web en el apartado de:
Danos tú opinión o Sugerencias
-Del correo electrónico:
ccoo.thyssenkruppelevadores@gmail.com
-De los delegados del comité de seguridad y salud:
-O cualquier otro delegado del comité:
Foro
Recordaros que tenemos abierto el foro (https://thyssenkrupp.foroactivo.com/ ) en el que podéis entrar y participar. Desde aquí os Animamos a que participéis en el foro con vuestras ideas, opiniones, dudas, sugerencias, etc. Con lo que consideréis oportunos, nosotros estaremos encantados en poder contestaros y participar con vosotros en este nuevo medio de comunicación.
"¿Quieres saber cómo se obtiene los que cobramos como paga de beneficios?
Si quieres saber cómo se saca la cantidad que hemos percibido en la nómina de Febrero, correspondiente a la gratificación sobre beneficios (o paga de beneficios), entra en la zona de afiliado donde os explicamos las fórmulas de donde se obtiene los resultados de esta paga.
La sección sindical de CCOO en thyssenkrupp elevadores informa:
El pasado día 13 de marzo y ante la insistencia de muchos operarios afiliados, y debido a la nueva ley de modificaciones derivadas de la aplicación del real decreto ley 16/2013 y que entró en vigor el día 22 de diciembre de 2013 y que afecta a las cotizaciones que tenemos que hacer por diferentes conceptos y que antes no hacíamos, nos reunimos con la empresa, y le preguntamos todas las dudas que nos surgieron y que nos habíais planteado, y con todas ellas, hemos redactado un documento, el cual está colgado en la zona del afiliado de nuestra página web, entra en ella y infórmate.